Señora Ministra de Empleo y Seguridad Social:
Dona Fátima, me dirijo a usted alarmado por la situación de discriminación que están sufriendo muchos niños por parte de su Ministerio. Lo sé, sé que usted debe ser ajena a ello, pues una mujer de su sensibilidad, coherencia y dedicación no permitiría que se pusiese en riesgo el interés superior del menor o se menoscabase la relación entre vida familiar y laboral. Y, por supuesto, jamás aceptaría que se eludiese la Constitución.
Ministra, se están denegando, sistemáticamente, prestaciones sociales (paternidad, maternidad y otras) a niños nacidos mediante reproducción asistida, en concreto mediante gestación por sustitución. Son niños españoles, hijos de padres españoles, con su DNI español, con su libro de familia español y con unas necesidades que son, en todo, iguales a las de otros niños españoles, pero a ellos se les margina en razón de su modo de nacer. Por razón de nacimiento.
Se queda escandalizada, ¿verdad? Porque la Constitución es taxativa en su Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”
Sorprende que, pese a palabras tan claras, alguien haya resuelto desdeñar nuestra Carta Magna y considerar a estos niños españoles de segunda. Una decisión, Ministra, que parece nacer en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, desde donde la Sra. Directora General, D.ª María Eugenia Martín Mendizabal, habría dado orden de desestimar las prestaciones sociales a las que son acreedores estos menores.
Las familias, Ministra, no se han resignado y han acudido a los Tribunales a pedir justicia y ¿sabe que ha ocurrido? Claro, justo eso, que los magistrados les han dado la razón y ha dictado Sentencias contra el INSS. Los señores jueces en sus veredictos realizan afirmaciones tan tajantes como las del TSJ de Madrid que ha entendido que la denegación de dicha prestación por maternidad sería contraria al espíritu de la ley y del ordenamiento jurídico. Dice este Tribunal que “repugna a la lógica más primaria, que se deniegue la prestación…”.
Las frases lapidarias contra el INSS no acaban ahí. Los magistrados, desde distintas sedes judiciales, estiman que “es evidente que el derecho a la no discriminación en función de la filiación supone un orden público constitucional…” o que “…el derecho que nos ocupa es la cobertura prestacional a una situación de intereses complejos entre los que destaca, como predominante, la atención del menor durante la etapa inicial de su vida familiar…”. Consideran que “La prestación de paternidad o de maternidad son técnicas sociales tuitivas del menor, formas de garantizarle una mayor atención, la denegación de la prestación supone en realidad privarlos de la asistencia y dedicación que a través de la prestación se abona a los padres”. Contundentes afirmaciones, doña Fátima, que ratifican el derecho de estos hijos a ser cuidados por sus padres.
Las sentencias se han ido acumulado, señora. No son una, ni dos, ni tres…
– Sentencia 1032/09-MH del TSJ de Madrid
– Sentencia 539/2010 del TSJ de Castilla-León
– Sentencia 668/2012 del TSJ de Madrid
– Sentencia 7985/2012 del TSJ de Cataluña
– Sentencia 2320/2012 del TSJ de Asturias
– Sentencia 619/2013 del Juzgado de lo Social Nº 5 de Murcia
– Sentencia 216/2013 del TSJ Madrid
– Sentencia 155/2014 del Juzgado de lo Social Nº 2 de Murcia
– Sentencia 377/2014 del Juzgado de lo Social Nº 1 Toledo
– Sentencia 1259/2014 del TSJ de Canarias
Sentencias… y mas sentencias, del Juzgado de lo Social Nº 2 de Oviedo de 9 de abril de 2012 o del TSJ de Canarias este pasado mes de agosto de 2014… Cabria pensar que, ante tal cúmulo de razones, el INSS habría reconocido lo arbitrario de su actitud y aceptado las decisiones judiciales. Nada más lejos de la realidad. La Dirección General ha dado orden de, no ya negar las prestaciones sociales a estos niños, si no recurrir uno tras otro los fallos judiciales. Parece increíble, Ministra, pero así es.
¿Cómo se atreve la señora Martín Mendizabal a esto? Porque el daño que ocasiona es múltiple. Por un lado, la
discriminación de estos niños y el posible maltrato infantil
institucional que supone desestimar sus derechos. En vez de dedicar los recursos ministeriales a los graves problemas sociales de España, se emplean en denegaciones, recursos y contrarrecursos y se dedica la abogacía del ministerio a escamotear “
la atención del menor durante la etapa inicial de su vida familiar”.
Por otro lado, los gastos y trastornos ocasionados a las familias, que se ven inmersas en el entramado de costes judiciales, tasas, abogados, etc. Y a mayores, el
aumento de gasto público, pues también la administración ha de asumir desembolsos judiciales. Me temo que acabamos empleando mas dinero en negar la prestación social que en concederla. Un desatino. Es absurdo, Ministra, que los españoles estemos dedicando dinero, jueces y juzgados a decirle al INSS, una y otra vez, que no tiene razón, que no puede discriminar a los niños ni a las familias, que la Constitución no puede ser mercadería barata y maleable.
Quebrantar la ley, no acatar la jurisprudencia, discriminar en base a idearios personales no puede ser, no es, en modo alguno el proceder del Gobierno español. Así lo ha entendido, por ejemplo, el Ministro de Justicia, que ha actuado para salvaguardar el interés superior del menor y que los niños nacidos mediante Gestación por Sustitución tengan el acceso a la nacionalidad española que les corresponde legalmente.
Doña Fátima, su Ministerio no puede continuar con la sangría de derechos del menor. Usted debe actuar. Y hacerlo ya. Hoy, que los niños aún son niños y no cuando el paso del tiempo, y los largos procesos judiciales, les hayan acercado a la adolescencia y sus necesidades sean muy diferentes. El futuro hay que escribirlo en el ahora, señora Bañez.
En espera de sus noticias, le saluda atentamente
Pedro Fuentes Castro