Derecho a abortar: largo camino a la libertad de elección

Derecho a abortar: largo camino a la libertad de elección

El aborto es una práctica milenaria conocida en todas las culturas, revestida de mayor o menor polémica según las creencias de la época. En la antigüedad se practicaba principalmente como método de control de la natalidad, argumento que consideraron en China cuando lo despenalizaron en la década de los 70. Pero en 1920, cuando por primera vez en la historia los soviéticos tomaron la decisión de legalizarlo, el programa bolchevique apostaba por otros motivos. Una industrialización acelerada requería entonces el máximo de personas activas; la mujer madre no era compatible con la necesidad de incorporaciones masivas a las fábricas, de modo que se aceptó la voluntad expresa de la futura madre como motivo suficiente.
A partir de los años 30 los países escandinavos y varios de Europa del Este comenzaron a incluir en aborto en su legislación, que podía variar considerablemente de un escenario a otro. Se contemplaban los más diversos supuestos: si la embarazada era menor de 16 años o corría riesgo, si era un caso de violación, si el feto presentaba malformaciones, si la mujer era mayor de 40 años o si ya tenía cuatro hijos.
A mediados de la década de los 50 la Federación Internacional de Planificación Familiar, con sede en Estados Unidos, abogaba por un movimiento global orientado a legalizar la práctica abortiva. Los primeros frutos en ese país se vieron en 1967, cuando la Asociación Médica Profesional eliminó el aborto de la lista de malas prácticas, y varios estados lo aceptaron como intervención quirúrgica legítima en determinados casos. De hecho, desde los años 60 la práctica empezó a ser comúnmente aceptada por razones de riesgo de la vida de la madre, por la mortalidad materna asociada a los abortos ilegales y la sobrepoblación mundial. Fue también en esa década cuando cobra auge el movimiento feminista.
Pero el giro en esta materia se dio en 1973, cuando el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictó sentencia en el caso Doe vs Bolton. Hasta el momento, la justificación válida en tribunales hacía referencia a una lógica derivada de la necesidad (el peligro para la salud de la madre), pero en este caso se argumentó que el derecho a la privacidad personal incluía la decisión de abortar.
Tras este hito a nivel de legislación, los países europeos han venido reformando sus leyes del aborto para ajustarlas a los cambios sociales. En el caso de España, la despenalización llegó con cierto retraso, tras vencer tropiezos.

50 años después…

Gracias a la revolución sexual y las luchas feministas, entre finales de los años sesenta y principio de los setenta casi todos los países industrializados de Europa, así como Estados Unidos y Canadá, lograron despenalizar el aborto en el primer trimestre de embarazo. En esa época también se ampliaron las circunstancias en las que se permitía su práctica.
En los 70 el aborto es visto como signo de liberación y progreso, en lugar de como una práctica que facilitaba el empuje de la mujer al trabajo industrial o como un instrumento de control de la población de sistemas totalitarios. En España tuvo una aprobación temprana de vigencia efímera, en el marco de la guerra civil, durante el gobierno socialista de Francisco Largo Caballero. Su despenalización en 1937 pronto sería derogada y retomada casi 50 años después.
En 1985 se aprobó la ley de supuestos, que aceptaba tres casos: riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer, violación o malformaciones del feto. La más nueva versión de ley, promulgada en 2010, admite que durante las primeras 14 semanas la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo sin la intervención de terceros.
El reciente intento de volver a la ley de 1985 fue descartado gracias a la presión social. El clásico “Nosotras parimos, nosotras decidimos” fue una de las consignas más escuchadas en los debates civiles, protagonizados principalmente por grupos feministas que defendían la libertad sin condiciones de la mujer para decidir sobre su cuerpo.
Pero en otro escenario, como es el del actual debate sobre la legislación en materia de gestación subrogada, el eslogan ya no es válido; la libertad de las mujeres para decidir qué hacer y qué no con su cuerpo parece tener restricciones. Al poner el foco en lo que nos interesa, es decir, en el camino hacia la aprobación de una ley que regule la GS, vemos que se muestra plagado de miedos, prejuicios e intereses políticos; seguramente tan espinoso como en otros tiempos lo fueron el del aborto o el del matrimonio gay. Lo importante, en cualquier caso, es que la GS se ha visibilizado y cada vez es más normal. La historia ya ha demostrado qué hay al final de los caminos que de entrada parecen cerrados.

Leave a comment