María Ángeles Alcalá |
Todas las razones por las que esta instrucción es una chapuza jurídica fueron ya expuestas en una entrada anterior. Pero nuestra capacidad de asombro no tiene límites. Recientemente, la propia directora comunicaba a una familia afectada que todavía no sabía como iba a realizar la inscripción. Es decir, se dicta una instrucción en la que se establecen los requisitos para inscribir pero no se establece un procedimiento para inscribir. Con razón, en la propia Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil se encogían de hombros y nos contestaban “Estamos esperando a recibir instrucciones sobre como interpretar la instrucción”. ¿Cómo es posible que una dirección general dicte una instrucción incompleta?
Suponemos que la Sra. Alcalá quería un golpe de efecto, salir en los medios como la salvadora de los niños que están en el limbo legal y colgarse la medalla de garante de las mujeres gestantes. Pero no ha conseguido ninguna de las dos cosas, los niños siguen sin papeles y su instrucción no garantiza nada a las mujeres. Suponemos también que quería añadir algún elemento de novedad a la instrucción para justificar que ha estado trabajando en algo durante durante todo el tiempo que lleva en el cargo sin ocuparse de este tema. Pero el trabajo no está hecho, un mes después de la instrucción sigue sin saber como la va a aplicar.
Recibimos con preocupación la ocurrencia de aplicar el método registral del Reino Unido por el que se inscribe a la gestante subrogada como madre para después hacer un parcheado en el asiento. En el reino Unido esta sistema está pensado para subrogación llevada a cabo en su territorio, no en el extranjero. Y en España no hay una legislación que apoye este método ¿Para que tanta complicación en una instrucción? La directora parece no darse cuenta que su instrucción es ilegal porque contraviene el RRC y la LRC que son de rango superior. ¿Por qué nunca consulto a las familias afectadas si lo que quiere es ayudarnos?
Y peor aún ¿Por qué no respetó la solución magistral que aportó su predecesora en el cargo, Pilar Blanco, ante el recurso de un matrimonio de Valencia? No nos creemos la excusa de que el caso de Valencia era un caso particular. Era un caso igual a todos los que hemos venido detrás. La directora hubiese tenido muy fácil dictar una resolución circular para el segundo caso de inscripción que se recurrió… Pero no lo hizo.
A tiempo está de rectificar, por eso desde aquí queremos agradecer su buena voluntad y pedirle que retire la instrucción 15317 y que dicte una instrucción que permita la inscripción en el registro civil mediante la transcripción literal del documento registral del país de nacimiento.