El TSJ de Madrid condenó al INSS por denegar la prestación por maternidad a un varón que fue padre por gestación subrogada. Pero Octavio Granado insiste en justificar la denegación.

El TSJ de Madrid condenó al INSS por denegar la prestación por maternidad a un varón que fue padre por gestación subrogada. Pero Octavio Granado insiste en justificar la denegación.

“El derecho que nos ocupa es la cobertura prestacional a una situación de
intereses complejos entre los que destaca, como predominante, la atención al
menor durante la etapa inicial de su vida familiar…” Sentencia núm. 1032/2009 TSJ Madrid

La sentencia del TSJ de Madrid lo establece claramente, la prestación por maternidad es un derecho del menor independientemente del tipo de filiación o del sexo de sus progenitores. Y con este claro fundamento, el TSJ establece una analogía con otras situaciones familiares que están expresamente recogidas Ley General de la Seguridad Social.

Esta obvia analogía fundamenta la decisión del juez de condenar al INSS por su denegación. La ejecución de esta sentencia supone conceder la prestación de maternidad a un varón que había sido padre por gestación sobrogada en EEUU.

Sin embargo el Secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, se empeña en justificar la discriminación a los hijos de familias homoparentales nacidos mediante gestación subrogada. Así nos lo hacía saber su jefa de gabinete en esta carta en respuesta a nuestra última entrada de blog

 

Estimado Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social, su insistencia nos deja todavía más perplejos.
La situación de desprotección la están sufriendo nuestros hijos, no sus padres, tan cotizantes a la Seguridad Social como Usted o el resto de trabajadores de este país, y esa desprotección que sufren nuestros hijos es una discriminación por razón de su clase de filiación.

Queremos además hacerle tomar conciencia de la discriminación de facto que estamos sufriendo las parejas de hombres que acudimos a gestación por sustitución, frente a las parejas heterosexuales. Las parejas heterosexuales, que son la inmensa mayoría de las que acuden a esta técnica de resproducción asistida, no están teniendo ningún problema a la hora de inscribir en el registro civil consular o central a sus hijos ni para disfrutar de presaciones de maternidad y paternidad. 
Y por supuesto, le comunicamos que no cejaremos hasta que le sean reconocidos todos sus derechos a nuestros hijos, desde todos los ámbitos de la Administración.
Es por todo eso que les solicitamos una entrevista para que conozcan de primera mano la realidad en la que vivimos, de forma que la interpretación y acomodación de las leyes se hagan teniendo en cuenta la realidad social actual y a sus nuevos modelos de familia.

Atentamente,
Plataforma sonnuestroshijos

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